Paseando por el Campus – fotos
Y se vino el Campus Party a Quito. Este miércoles, 19 de octubre se inauguró lo que muchos llaman el evento tecnológico más importante del mundo.
Conferenciantes, gamers, modders, geeks, astrónomos, perdidos y mucha tecnología se congregaron en la mitad del mundo, en el centro de convenciones CEMEXPO para acampar (y dios sabe qué más) y tratar todo lo relacionado con la tecnología durante 5 días.
A continuación comparto algunas fotos, curiosidades más que nada, de lo que ha sido hasta ahora el #cpquito.
Conceptos: Repetición
Hace mucho tiempo hice una lista de diferentes conceptos fotográficos que quería explorar, reforzar y poner en acción. Por fin pensé, busqué, encontré y tomé algunas fotos para el primer concepto: Repetición.
Al buscar repetición dentro del aspecto urbano en el que vivo, pensé en un edificio. Las líneas rectas se repiten a lo largo de su fachada. Las ventanas se repiten. En sí, un edificio es la expansión de la repetición, elemento arquitectónico que utiliza para dar uniformidad y sentido de unidad.
Pensé en el edificio Benalcazar Mil de Quito que tiene una particularidad: los marcos de las ventanas no son tradicionales - las esquinas de estos umbrales se alternan de alto a bajo, y lo opuesto el el lado inferior. Supongo que es difícil de explicar, pero viendo las fotos lo entenderán y verán cómo se forma esta repetición extraña a lo largo de la fachada de este edificio quiteño.
Graffitis del Mundo: A lo Banksy
Desde Quito, emenems nos comparte su excelente stencil. Hay algo en las máscaras de gas que me atraen como polilla a un foco.
Gracias emenems!
La vía láctea sobre el Cotopaxi
Porque este video es tan increíble, demuestra la hermosura del universo y de nuestro pequeño país:
Compartido por @interdigi desde: http://www.xatakafoto.com/videos-time-lapses-stop-motion/cotopaxi-volcano-time-lapse-en-las-alturas
Coquetos Camioneros
Cualquiera que haya viajado por las carreteras del Ecuador sin duda se ha encontrado con las tantas camionetas decoradas por sus conductores.
La mayoría de choferes ponen frases coquetas como, "Aunque me vaya, me esperarás"; o melancólicas como "El culpable de tus lágrimas", la mayoría de transportistas aluden al amor.
Parte importante de la cultura de la carretera es decorar su medio de laburo -en este caso las camionetas y camiones. Las camionetas suelen portar baldes adaptados, hechos a madera y pintados de manera personalizada. La creatividad de estos merodeadores del asfalto, artístas por un día, no tiene límites.
Recomiendo a quien sea que esté viajando por tierra dentro de los límites de nuestro país a que se fije en las decoraciones, y especialmente a las frases de los camiones, buses y camionetas que trazan las vías nacionales... se reirán mucho, como yo.
Reflexiones sobre la conquista cultural
Hoy por cuestiones de la vida, tuve que almorzar en el McDonalds. Adelante mio en la fila para pedir la comida estaba un pequeño grupo de gringas. Me puse a pensar que se deben sentir como en casa comiendo ahí.
Muchos pensarán que el colonialismo terminó hace alrededor de 200 años acá en el sur de América. Tal vez ya no escuchamos decir "¿Quién vive" -"España" u otras referencias a la corona ibérica, pero hoy hacemos venias y alabanzas a otros lares.
Tan ansiosos estamos por ser parte del imperio del norte que cada día se ven menos letreros de tiendas y locales en español. Y no solo eso, sino que estos letreros, además de hacer referencia al idioma de otro país, lo hacen mal. Dos ejemplos de Quito:
Tan fácil ha sido esta conquista, porque ha sido impuesta por nosotros mismos. Cada vez nacen más Brians, Jonathans, Donovans, Jimmys... Cada madre o padre tiene el derecho de ponerle a su hijo el nombre que quiera (lean el gracioso ejemplo de Chone, Ecuador), pero noten como desde hace 20 años los nombres han ido anglicanizándose (o agringándose, como se dice por estos lados).
Terminé esta reflexión al llegar a la realización de que un gringo puede sentirse como en casa en cualquier rincón del planeta, como resultado de su conquista mundial, porque tiene y siempre tendrá a la mano un Burger King, KFC, Coca Cola, French Fry e incontables locales de tiendas, restaurantes, bazaares y demás con el lenguaje de Washington...
hablo de George Washington, no de don Washo, el mecánico de más abajito.
(ya quisiera visitar Hong Kong y poder pegarme un buen hornado, o un delicioso ceviche de camarón en los Alpes suizos... ¿Diga?)
La comunicación en códigos legales del Ecuador
La comunicación es un bien intangible, presente en todas las sociedades e individuos de todas las naciones. El reconocimiento de la comunicación como un bien necesario y positivo dentro de los códigos legales de un estado es, sin duda, un progreso en la evolución de la jurisprudencia, u otras fuentes del derecho, de ese país.
Los códigos legales se fortalecen entre sí, generando concordancias y similitudes para un mejor y más ágil funcionamiento jurídico y legal.
Revisando la totalidad de la nueva Constitución política de nuestro país, encontré diversos artículos que se relacionan de diferentes formas a la comunicación. A continuación están los diferentes artículos que he seleccionado.
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
2008
Sección tercera
Comunicación e Información
Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos.
2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación.
3. La creación de medios de comunicación social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas.
4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad.
5. Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de la comunicación.
Art. 17.- EI Estado fomentará la pluralidad y la diversidad en la comunicación, y al efecto:
1. Garantizará la asignación, a través de métodos transparentes y en igualdad de condiciones, de las frecuencias del espectro radioeléctrico, para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, así como el acceso a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas, y precautelará que en su utilización prevalezca el interés colectivo.
2. Facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación en especial para las 26 personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan de forma limitada.
3. No permitirá el oligopolio o monopolio, directo ni indirecto, de la propiedad de los medios de comunicación y del uso de las frecuencias.
Art. 19.- La ley regulará la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la programación de los medios de comunicación, y fomentará la creación de espacios para la difusión de la producción nacional independiente.
Se prohíbe la emisión de publicidad que induzca a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella que atente contra los derechos.
Art. 20.- El Estado garantizará la cláusula de conciencia a toda persona, y el secreto profesional y la reserva de la fuente a quienes informen, emitan sus opiniones a través de los medios u otras formas de comunicación, o laboren en cualquier actividad de comunicación.
Sección quinta
Niñas, niños y adolescentes
Art. 46.- El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes:
7. Protección frente a la influencia de programas o mensajes, difundidos a través de cualquier medio, que promuevan la violencia, o la discriminación racial o de género. Las políticas públicas de comunicación priorizarán su educación y el respeto a sus derechos de imagen, integridad y los demás específicos de su edad. Se establecerán limitaciones y sanciones para hacer efectivos estos derechos.
Sección sexta
Personas con discapacidad
Art. 47.- El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social.
Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a:
11. El acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación, entre ellos el lenguaje de señas para personas sordas, el oralismo y el sistema braille.
Sección octava
Personas privadas de libertad
Art. 51.- Se reconoce a las personas privadas de la libertad los siguientes derechos:
2. La comunicación y visita de sus familiares y profesionales del derecho.
Capítulo cuarto
Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades
Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:
21. Que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones se reflejen en la educación pública y en los medios de comunicación; la creación de sus propios medios de comunicación social en sus idiomas y el acceso a los demás sin discriminación alguna.
Capítulo sexto
Derechos de libertad
Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:
7. El derecho de toda persona agraviada por informaciones sin pruebas o inexactas, emitidas por medios de comunicación social, a la correspondiente rectificación, réplica o respuesta, en forma inmediata, obligatoria y gratuita, en el mismo espacio u horario.
Sección tercera
Participación en los diferentes niveles de gobierno
Art. 100.- En todos los niveles de gobierno se conformarán instancias de participación integradas por autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad del ámbito territorial de cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas por principios democráticos. La participación en estas instancias se ejerce para:
5. Promover la formación ciudadana e impulsar procesos de comunicación.
Capítulo cuarto
Régimen de competencias
Art. 261.- El Estado central tendrá competencias exclusivas sobre:
10. El espectro radioeléctrico y el régimen general de comunicaciones y telecomunicaciones; puertos y aeropuertos.
Sección octava
Sistema financiero
Art. 312.- Las entidades o grupos financieros no podrán poseer participaciones permanentes, totales o parciales, en empresas ajenas a la actividad financiera.
Se prohíbe la participación en el control del capital, la inversión o el patrimonio de los medios de comunicación social, a entidades o grupos financieros, sus representantes legales, miembros de su directorio y accionistas.
Sección séptima
Comunicación social
Art. 384.- El sistema de comunicación social asegurará el ejercicio de los derechos de la comunicación, la información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participación ciudadana.
El sistema se conformará por las instituciones y actores de carácter público, las políticas y la normativa; y los actores privados, ciudadanos y comunitarios que se integren voluntariamente a el. El Estado formulará la política pública de comunicación, con respeto irrestricto de la libertad de expresión y de los derechos de la comunicación consagrados en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos. La ley definirá su organización, funcionamiento y las formas de participación ciudadana.
El artículo 47 de la actual Constitución se relaciona con el literal b) del artículo 6 de la Ley sobre discapacidades, que trata sobre la integración social de personas con habilidades especiales. El literal dice:
b) Eliminación de barreras físicas, psicológicas, sociales y comunicacionales:
y se relaciona específicamente con el numeral 4 del artículo 16 de la Constitución, que garantiza la inclusión de personas con discapacidades. Adicionalmente, en la sección sexta, titulada “Personas con discapacidad”, el Estado garantiza el acceso e inclusión a medios de comunicación.
El artículo 46 de la sección Niños, niñas y adolescentes tiene concordancia con el Código de la niñez y adolescencia. El numeral 7 de este artículo de la Constitución trata específicamente sobre cómo la programación de los medios de comunicación debe ser hecha teniendo en mente el público infantil y juvenil.
El artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos garantiza la libertad de expresión, y garantiza el derecho a la obtención de información. Esta declaración y sus artículos son respaldados por nuestra Constitución.
La Declaración de Chapultepec trata sobre la ética periodística, y la veracidad y objetividad del producto de los medios de comunicación, y la independencia de los medios. Estas disposiciones son ratificadas en la Constitución, en artículos como el artículo 20.
Leyes, como la de Radiodifusión y televisión, o como el Código de ética periodística obedecen las disposiciones constitucionales actuales, en aspectos como proporcionar una información verás, oportuna y objetiva, o como el reconocimiento al Estado como único gerente de las frecuencias radioeléctricas dentro del territorio nacional.
La concordancia entre los diferentes códigos, leyes y estatutos legales ingerentes en el Ecuador es fundamental para un buen funcionamiento jurídico y el respeto a la ley. La Constitución política de nuestro país incorpora elementos de diferentes cuerpos legales, nacionales e internacionales, y busca dar una nueva importancia a la comunicación como fuente de información y bienestar social.
Fuentes:
Constitución de la República del Ecuador, 2008
Código de la niñez y adolescencia ecuatoriana
http://www.oei.es/quipu/ecuador/Cod_ninez.pdf
Ley de radiodifusión y televisión del Ecuador
http://www.lexadin.nl/wlg/legis/nofr/oeur/arch/ecu/ley_radiodifusion.pdf
Ley sobre discapacidades del Ecuador
http://paidos.rediris.es/genysi/recursos/doc/leyes/LeyEcuador.htm
Declaración de Chapultepec
http://www.derhumanos.com.ar/legislacion/chapultepec.htm
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Comparto en las ausencias
Se me vinieron las vacaciones. Me fui a la playa por cinco días, y inmediatamente después de mi regreso a Quito, partí a las montañas rocosas perfiladas por el serpenteante río Chanchán de la provincia de Chimborazo (aquí están las fotos de ese viaje http://hotchoclo.net/fotos/guzunag09, próximamente subiré las fotos del viaje al mar Pacífico).
Mientras me vuelvo a incorporar al mundo de la gran ciudad, la tecnología y la tesis (!!!), les comparto un reportaje hecho por un grupo de compañeros de la U y yo, el semestre pasado. Es sobre uno de los fenómenos sociológicos más importantes de mi país de los últimos 50 años, la migración.
Nos enfocamos en los hijos de los migrantes, lo que vivieron y cómo reaccionaron ante la partida de uno o ambos padres.
(créditos: Male Álvarez, Jennifer Balseca, Daysi Burbano, Óscar Calderón, Mafer Égüez, Esteban Jara, Nacho Muñoz, Mari Peña, Fabián Riofrío, Andrea Valarezo)









